TSE reforma reglamento que endurece plazos y reglas para reorganización interna de partidos políticos
TSE reforma reglamento que endurece plazos y reglas para reorganización interna de partidos políticos

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) aprobó una serie de reformas integrales al Reglamento para la conformación y renovación de las estructuras partidarias, transformación de escala y fiscalización de asambleas, mediante el acuerdo STSE-1657-2026 adoptado en la sesión ordinaria n.° 70-2026.
La medida busca agilizar la gestión administrativa electoral, dotar de mayor seguridad jurídica a las agrupaciones políticas e incorporar el uso obligatorio de herramientas tecnológicas en los trámites institucionales (considerando tres del reglamento).
Entre las principales innovaciones normativas aprobadas destacan:
Límite temporal de dos años para la renovación interna: Las agrupaciones políticas tendrán un plazo máximo e improrrogable de dos años para concluir su proceso de renovación de estructuras, contado a partir de la convocatoria a su primera asamblea. Si no completan el proceso en ese lapso, deberán reiniciarlo desde cero.
Plazos estrictos de cara a procesos electorales: Todo partido que aspire a competir en comicios presidenciales, legislativos o municipales deberá haber concluido la renovación de sus órganos internos al menos seis meses antes del día de la elección.
Paridad de género garantizada: Se reafirma la obligación del 50% de representación de mujeres y 50% de hombres en estructuras pares. En órganos impares, la diferencia entre ambos géneros no podrá ser mayor a uno, aplicándose esta regla tanto para puestos propietarios como suplentes.
Trámites 100% digitales y regulación de asambleas: Las solicitudes de fiscalización de asambleas se gestionarán exclusivamente mediante formularios digitales en la Plataforma Electrónica de Servicios para Partidos Políticos con un mínimo de cinco días hábiles de anticipación. Asimismo, se prohíbe celebrar en un mismo día asambleas cantonales y distritales, o de escala similar en la misma circunscripción, exigiendo al menos ocho días hábiles entre reuniones cuyas decisiones dependan entre sí.
Mecanismo claro de reactivación para partidos inactivos: Transcurrido un año sin gestiones de renovación, las agrupaciones podrán ser declaradas inactivas. Para participar en elecciones, deberán iniciar su reorganización al menos un año antes de los comicios. En caso de que su antiguo Comité Ejecutivo no desee liderar el proceso, se requerirá una asamblea con al menos 50 personas interesadas para nombrar autoridades provisionales.
Las reformas aprobadas abarcan los artículos 2, 3, 5, 10, 16, 18 y 21 del reglamento vigente y entrarán en vigor a partir de su publicación oficial en el diario oficial La Gaceta.